3 BOLETÍN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL

El IMSS libera la segunda fase del sistema ICSOE.

 

Lo primero que debemos responder es ¿Qué es el ICSOE?

 

Es la herramienta electrónica denominada Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) implementada y administrada por el IMSS a través de la cual los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas reportarán al Instituto la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializada, o bien, para corregir información y en su caso dejarla sin efectos. Su objetivo es facilitar el cumplimiento de la obligación periódica de presentar al Instituto la información de los contratos realizados, conforme al cuatrimestre de que se trate.

 

El ICSOE ahora permite que prestadores de servicios especializados o ejecutores de obras especializadas puedan fácilmente corregir, complementar o dejar sin efectos la información de contratos celebrados, previamente reportados al IMSS.

 

Esta semana se ha liberado la segunda fase del sistema ICSOE, a través del cual los prestadores de servicios especializados o ejecutores de obras especializadas podrán corregir, complementar o dejar sin efectos la información de contratos celebrados, que hayan reportado al IMSS.

 

Las informativas complementarias que se encuentran en operación son las siguientes:

 

Corrección. Se presenta para corregir datos, informar contratos faltantes o subsanar omisiones de una informativa presentada. Este tipo de informativa sustituirá en su totalidad a la informativa que se está corrigiendo, por lo que deberá contener la información que se modifica y la que subsiste.

 

Sin efectos. Se presenta para subsanar los casos en que por error se presentó una informativa no estando obligado a ello.

 

Beneficios del ICSOE

 

  • Se encuentra a disposición las 24 horas del día, los 365 días del año.
  • Se podrá realizar el registro de los trabajadores capturando uno a uno o hacer una carga masiva.
  • Es totalmente en línea y seguro al acceder al mismo a través de la e.firma otorgada por el SAT
  • Privilegia la sana distancia al evitar desplazamientos y disminuir el contacto personal
  • Se puede presentar informativas complementarias de tipo “corrección” o “dejar sin efectos”.
  • Facilita el cumplimiento de la obligación relativa a informar sobre los contratos de servicios o ejecución de obra especializados celebrados en el periodo de que se trate

 

¿A quién está dirigido?

 

A aquellas personas físicas y morales que formen parte del Padrón Público de Contratistas de Servicios u Obras Especializadas a cargo de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social.

¿Cuándo debo cumplir con mi obligación?

 

De forma cuatrimestral dentro de los primeros 17 días de los meses de mayo, septiembre y enero, los cuales corresponden al primero, segundo y tercer cuatrimestre respectivamente.

 

¿Qué información debo presentar?

 

1.- Información general del contratista y del contratante

  • Nombre
  • Denominación o razón social
  • Registro Federal de Contribuyentes
  • Domicilio social o convencional en caso de ser distinto al fiscal
  • Correo electrónico
  • Teléfono de contacto

 

2.- Del contrato

  • Objeto
  • Periodo de vigencia

 

3.- De los trabajadores:

  • Número de Seguridad Social, CURP y Salario Base de Cotización.

 

4.- Documentación a adjuntar

Copia simple del registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.

 

Puedes ingresar al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), padrón público de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social a través de: https://repse.stps.gob.mx/

 

En CONCANACO trabajamos para que el número de prestadores de servicios u obras se incremente con nuestros afiliados, para la mejora de la economía nacional y como muestra de la colaboración entre la Confederación y el Instituto, y así estar UNIDOS EN ACCIONES POSITIVAS.

 

Arturo Rangel Bojorges Mendoza

Consejero Suplente ante el H. Consejo Técnico del IMSS

Información obtenida del micrositio de ICSOE del IMSS.

 

 

 

 

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