Cámara de Diputados establece en la Constitución Política que no habrá límite máximo de edad para ocupar un empleo
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma las fracciones III del Apartado A y VII del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política, en materia de igualdad y no discriminación en materia laboral de personas mayores.
En la fracción III del Apartado A –Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo-, se añade que “tampoco podrá establecerse un límite máximo de edad para la contratación u ocupación de un empleo”.
Mientras que en la fracción VII del Apartado B - Entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores-, se incluye que “en ningún caso podrá establecerse una restricción de edad máxima para el acceso o continuación en un cargo dentro del sector público”.
El documento, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, precisa que hay evidencia de que la participación de la población adulta mayor tiene impactos positivos en la sociedad a nivel general, toda vez que aporta experiencia, productividad y vitalidad, tan solo por mencionar algunos elementos, a sus comunidades, centro de trabajo y familias.
De este modo, todas las fuerzas políticas en México se unieron con el objetivo de darle fin a la discriminación laboral a adultos mayores, pues ninguna oferta laboral deberá ser limitada por edad, salvo en casos justificables.