Se defenderá México con Capítulo del TMEC sobre soberanía energética
La política energética es tema de seguridad nacional y el Gobierno invocará el Capítulo 8 del T-MEC para defender la soberanía, dijo la titular de Sener, Rocío Nahle.
CAPÍTULO 8 RECONOCIMIENTO DEL DOMINIO DIRECTO Y LA PROPIEDAD INALIENABLE E IMPRESCRIPTIBLE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DE LOS HIDROCARBUROS.
Artículo 8.1: Reconocimiento del Dominio Directo y la Propiedad Inalienable e Imprescriptible de los Estados Unidos Mexicanos de los Hidrocarburos 1. Según lo dispone este Tratado, las Partes confirman su pleno respeto por la soberanía y su derecho soberano a regular con respecto a asuntos abordados en este Capítulo de conformidad con sus respectivas Constituciones y derecho interno, en pleno ejercicio de sus procesos democráticos. 2. En el caso de México, y sin perjuicio de sus derechos y remedios disponibles conforme a este Tratado, Estados Unidos y Canadá reconocen que: (a) México se reserva su derecho soberano de reformar su Constitución y su legislación interna; y (b) México tiene el dominio directo y la propiedad inalienable e imprescriptible de todos los hidrocarburos en el subsuelo del territorio nacional, incluida la plataforma continental y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a éste, en mantos o yacimientos, cualquiera que sea su estado físico, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El CCE reitera que el T-MEC es un instrumento fundamental para el crecimiento, la creación de empleos y la integración de América del Norte
El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC) es un instrumento fundamental para el crecimiento y desarrollo de México, y una fuente indispensable de certidumbre para el ambiente de negocios, inversiones y la creación de empleos. El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) ha conocido, a través de los medios de comunicación, la decisión del Gobierno de Estados Unidos, así como la intención del Gobierno de Canadá, de solicitar al Gobierno de México un proceso de consultas en relación con diversas medidas adoptadas en el sector de hidrocarburos y eléctrico, al amparo del capítulo de Solución de Controversias Estado–Estado del Tratado. El inicio de este proceso de consultas es resultado de las solicitudes de empresas de Estados Unidos y Canadá a sus gobiernos. El CCE reitera su pleno compromiso con el Estado de Derecho, la certeza jurídica, la defensa de la integridad y el cumplimiento del T-MEC. El proceso de consultas es uno de los instrumentos del TMEC que permiten solucionar controversias de manera institucional entre los países miembros para asegurar su correcta implementación. Las organizaciones del sector privado mexicano estaremos pendientes del diálogo que establezcan los gobiernos para resolver este diferendo, y reiteramos nuestra disposición a colaborar y apoyar al gobierno mexicano.
Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía emite el Procedimiento para que los Usuarios Calificados contraten el suministro eléctrico bajo cualquiera de las modalidades existentes conforme el artículo 56 de la Ley de la Industria Eléctrica y el numeral 35, fracción V de las disposiciones administrativas de carácter general que establecen las condiciones generales para la prestación del suministro eléctrico
Se expide el presente Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía emite el procedimiento para que los Usuarios Calificados contraten el suministro eléctrico bajo cualquiera de las modalidades existentes conforme el artículo 56 de la Ley de la Industria Eléctrica y la disposición 35, fracción V, de las DACG de Suministro Eléctrico, Contenido en el Anexo A del presente. Consulta de acuerdo